- Para que la dirección de tu empresa y las organizaciones empresariales no impongan sus intereses y decisiones.
- Para que las Administraciones Públicas tengan en cuenta nuestras demandas. Porque juntos sí podemos.
- CCOO debe su independencia y su fuerza a los afiliados y afiliadas. Vuestro respaldo garantiza nuestra representatividad y nuestra capacidad de reivindicación y propuesta.
- CCOO es imprescindible en las empresas para ayudarte a resolver tus problemas y para que se cumplan los convenios colectivos y el derecho laboral.
- CCOO es necesario para conseguir mejores condiciones de trabajo, mejores salarios, nuevos derechos, a través de la negociación de los convenios colectivos, de la relación permanente con los empresarios y de la interlocución con la Administración central y autonómica.
- La fuerza de CCOO es una garantía para que se mantenga y mejore el sistema de protección social: las pensiones, la protección por desempleo, la protección a las personas con dependencias
- CCOO cuenta con los mejores servicios de asesoramiento sindical, jurídico y técnico que pone a tu disposición como afiliado y afiliada.
- CCOO te proporciona información sobre la situación económica y laboral, y de las posibles alternativas sindicales.
- CCOO te ayuda para que tengas acceso a la formación profesional, decisiva para encontrar o mejorar el empleo.
- Como afiliado o afiliada, CCOO pone a tu disposición diversos servicios en ámbitos como la vivienda, los seguros, los fondos de pensiones, tiempo libre
- La cuota sindical* es deducible en la declaración de la renta. Además, con la cuota tienes derecho a un seguro de vida en caso de accidente.
- CCOO es el primer sindicato en afiliación, representatividad y presencia en las empresas.
* Cuotas mensuales vigentes en 2010:
Cuota general: 10,75 Euros. De aplicación para: EMPLEADOS; AUTÓNOMOS; PREJUBILADOS; PARADOS (con prestación por desempleo superior a 715 Euros/mes); BECARIOS(con ingresos superiores a 715 Euros/mes).
Cuota especial: 6¿60 Euros. De aplicación para: PENSIONISTAS; EVENTUALES CAMPO; EMPLEADOS A TIEMPO PARCIAL, BECARIOS (con ingresos inferiores a 715 Euros/mes); PARADOS (con subsidio o prestación inferior a 715 Euros/mes).
Cuota reducida: 5,50 Euros. De aplicación para: PENSIONISTAS (con pensión inferior a 715 euros/mes); PARADOS (sin subsidio); ESTUDIANTES.
viernes, 3 de diciembre de 2010
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