sábado, 23 de julio de 2011


TRABAJO EN DOMIGOS Y FESTIVOS 2011

El trabajo en domingos o festivos se regulará según convenio colectivo de la
siguiente forma:

- No se trabajará más del 70% de los domingos o festivos de apertura
comercial (16 este año).

- Se cobrará por el trabajo en Domingos la cantidad de 186 €.
Prorrateados en 12 mensualidades ( 15,5€ al mes).

- Por encima de 6 anuales se percibirán 36€ adicionales por cada
domingo y 40€ por cada domingo que exceda de trece anuales

- Los trabajadores con contrato temporal, sin planificación de horario
anual percibirán 31€, por cada domingo trabajado durante los 6
primeros, a partir del 7º percibirá las cifras señaladas en el párrafo
anterior.

Las cantidades señaladas se perciben por tiempo igual o superior a 6 horas
de trabajo. Las jornadas inferiores ( trabajadas en domingos o festivos),
percibirán la parte proporcional.

El señalamiento de los domingos y festivos de cada trabajador incluido el
sector de cajas se efectuará con el calendario anual.

Los trabajadores de gasolineras, también tienen derecho a cobrarlos.

Se excluyen los que trabajen 3 días a la semana o menos (tiempo parcial fines
de semana). Los que trabajen más de 3 días a la semana de manera regular o
en promedio anual, también tienen derecho a cobrarlo. Hay que sumar todos
los días que trabajas al año si eres de fines de semana y dividirlos en el
número de semanas que tiene el año, si salen más de 3 tienes que cobrarlos
igual que el resto.

Cada ocho semanas se trabajará un máximo de seis domingos. En tal caso a
uno de los domingos de descanso se le acumulará como mínimo el sábado
anterior y al otro el lunes posterior.

En base a diferentes sentencias, interpuestas por CCOO relativas a la
planificación de Domingos y Festivos, Alcampo manifestó en el Comité
Intercentros que no programará trabajo durante estos días a los
trabajadores, que tuvieran cláusula de Domingos y Festivos en su contrato y
no se hubiese hecho efectiva.

SI TIENES ALGUNA DUDA, CONSULTA A LOS DELEGADOS DE CCOO

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