martes, 1 de marzo de 2011

La Audiencia Nacional dictamina que Alcampo vulnera la Ley de Libertad Sindical al limitar a los delegados de CCOO el acceso a las zonas comunes



La Sección Sindical de CCOO de Alcampo de Madrid, ha venido denunciando ante la Inspección de Trabajo en los últimos años, la vulneración de la Ley Orgánica de Libertad Sindical por parte de Alcampo en diferentes centros de trabajo donde CCOO no tenía representación, por no permitir el acceso a la sala de reposo ni a las zonas comunes de los Delegados de CCOO.
La empresa se limitaba a poner una sala a disposición de CCOO y el tablón de anuncios, restringiendo los derechos del sindicato de poder informar y acceder libremente a todos los trabajadores.
A instancia de la demanda interpuesta por CCOO la Audiencia Nacional ha dictado en su fallo literalmente "el derecho de los representantes sindicales de nivel provincial, autonómico y estatal al acceso a los centros de trabajo de la empresa para comunicarse e informar a los trabajadores, y a utilizar para ello los comedores y demás espacios comunes, para actividades propias del sindicato y de acuerdo con las exigencias legales sin perturbar el desarrollo normal del proceso productivo y la obligación de ALCAMPO S.A. de garantizar la entrada y permanencia de dichos cargos a las zonas comunes y salas de reposo de los diferentes centros de trabajo.
También recuerda la Audiencia Nacional a Alcampo que "el empresario no es el tutor de los intereses de los trabajadores ni de su intimidad o descanso frente a los representantes sindicales, que serán estos quienes en atención al desarrollo de su labor se cuidarán de elegir el momento y el lugar que consideren más oportuno.
La Sección Sindical valora positivamente esta Sentencia, que sin duda también valdrá para que se cumpla el derecho de los trabajadores de Alcampo a ser informados por cualquier sindicato sin discriminación alguna.

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